Actualizado el 1 de octubre de 2026. Este artículo puede contener enlaces de afiliado (más info).
Respuesta rápida: en España puedes mover tu dinero de un fondo de inversión a otro mediante un traspaso sin pagar impuestos por la ganancia acumulada. El impuesto se aplaza hasta que reembolses definitivamente. Es una de las grandes ventajas de los fondos frente a ETFs y acciones.
Cómo funciona
Al traspasar, el fondo nuevo «hereda» la fecha y el precio de compra del antiguo. No hay venta a efectos fiscales, así que no hay ganancia que declarar ese año. Cuando un día vendas, se calculará la ganancia desde tu primera compra.
Requisitos
- Debe ser un traspaso real entre fondos, tramitado por las entidades: si reembolsas a tu cuenta y vuelves a comprar, tributas.
- Los fondos extranjeros deben estar registrados en la CNMV y tener al menos 500 partícipes.
- No aplica a ETFs ni a SICAV que coticen en bolsa.
- Los planes de pensiones tienen su propio régimen de traspasos, también sin impuestos, pero solo entre planes.
Cómo se hace
- Solicítalo en la plataforma de destino, indicando el fondo de origen y el importe o porcentaje.
- La entidad de destino pide el traspaso a la de origen.
- El dinero queda fuera del mercado unos días mientras se completa (en algunas plataformas, menos si ambos fondos están en ella).
Para qué sirve
- Rebalancear la cartera sin pagar impuestos.
- Cambiarte a un fondo más barato o a otra plataforma.
- Reducir riesgo pasando de renta variable a renta fija al acercarse tu objetivo.
Siguiente paso
Lee cómo tributan los fondos indexados y por qué los ETFs no se pueden traspasar.
Preguntas frecuentes
¿Hay límite de traspasos al año?
No hay límite fiscal. Algunas entidades pueden aplicar comisiones o plazos, así que revísalo.
¿Tengo que declarar un traspaso?
No genera ganancia, así que no tributa. Aparecerá informado por las entidades, pero no tienes que pagar nada por él.
Fuentes
- Ley 35/2006 del IRPF (BOE, texto consolidado), artículo 94.
Contenido informativo, no es asesoramiento financiero ni fiscal personalizado. Tipos, comisiones y normativa cambian: comprueba siempre la información oficial y, si tienes dudas sobre tu caso, consulta con un asesor. Lee nuestro aviso.



