Actualizado el 1 de octubre de 2026. Este artículo puede contener enlaces de afiliado (más info).
Respuesta rápida: tu pensión de jubilación se calcula en dos pasos: primero la base reguladora (una media de tus bases de cotización de los últimos años) y después se le aplica un porcentaje según los años cotizados: un 50 % con 15 años y el 100 % con 36 años y 6 meses en 2026. Desde 2026, la Seguridad Social compara dos fórmulas y aplica la que te sea más favorable.
Paso 1: la base reguladora
Con la fórmula clásica, se suman tus bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) y se dividen entre 350. Desde 2026 existe una alternativa que se amplía poco a poco hasta 2037, cuando tomará los últimos 29 años descartando los peores meses. La Seguridad Social aplica de oficio la que dé una base mayor.
Ejemplo: si tu base de cotización media de los últimos 25 años fue de 2.000 € al mes, tu base reguladora sería 2.000 × 300 / 350 ≈ 1.714 €.
Paso 2: el porcentaje por años cotizados
En 2026: 50 % por los primeros 15 años, un 0,21 % por cada uno de los 49 meses siguientes y un 0,19 % por cada uno de los 209 posteriores. Con la base reguladora del ejemplo:
| Años cotizados | Porcentaje | Pensión mensual aproximada (14 pagas) |
|---|---|---|
| 15 | 50 % | ≈ 857 € |
| 20 | 62,38 % | ≈ 1.069 € |
| 25 | 73,78 % | ≈ 1.265 € |
| 30 | 85,18 % | ≈ 1.460 € |
| 36,5 o más | 100 % | ≈ 1.714 € |
Otros factores
- Edad: en 2026 la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses, o 65 años si has cotizado al menos 38 años y 3 meses.
- Jubilación anticipada: aplica coeficientes reductores permanentes.
- Jubilación demorada: trabajar más allá de la edad ordinaria da un porcentaje adicional.
- Topes: hay una pensión máxima y complementos a mínimos.
- Desde 2027 harán falta 37 años cotizados para el 100 %.
Calcula la tuya
El simulador de la Seguridad Social (sede electrónica, con Cl@ve) usa tus cotizaciones reales y es la forma más fiable de estimarla. Después, compara esa cifra con lo que necesitarás y calcula cuánto ahorrar al mes para cubrir la diferencia.
Fuentes
- Seguridad Social: jubilación y simulador.
- Ley General de la Seguridad Social, artículo 209.
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